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Me mudo y tengo un punto de recarga: ¿me lo llevo o lo dejo?

Si te mudas no pierdes tu inversión: tu punto de recarga puedes desmontarlo y llevarlo a tu nueva vivienda con ayuda de un instalador autorizado, o dejarlo instalado negociando su venta o traspaso al nuevo propietario o inquilino.

Última modificación: 20/09/2025
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Cada vez más familias tienen coche eléctrico y, con él, un punto de recarga en su garaje. Todo parece sencillo hasta que surge la gran pregunta: ¿qué pasa con el cargador si me mudo?. ¿Debo desmontarlo y llevármelo a la nueva vivienda, o puedo dejarlo y negociarlo con el próximo propietario o inquilino?

En nuestra experiencia como empresa de mudanzas, este tema aparece con frecuencia. No instalamos ni desinstalamos cargadores, pero sí acompañamos a nuestros clientes con asesoramiento y coordinación, porque sabemos que una mudanza también implica esos detalles que marcan la diferencia.

¿Puedo desmontar y llevarme el punto de recarga?

Si lo instalaste y lo pagaste, el cargador es tuyo. Igual que te llevas tus electrodomésticos, también puedes trasladar tu punto de recarga al nuevo garaje. Eso sí, tendrás que contar con un instalador autorizado que se encargue de desmontar el equipo y dejar la instalación en condiciones seguras.

Desde la mudanza, lo que hacemos es ayudarte a coordinar tiempos y logística: proteger el equipo durante el transporte, reservar espacio en el camión y asegurarnos de que el cargador llega a destino en perfecto estado para que el técnico pueda volver a montarlo.

Dejarlo instalado y negociarlo

En muchos casos, al nuevo inquilino o propietario le interesa quedarse con el cargador. Esto tiene ventajas claras: recuperas parte de tu inversión, evitas pagar la desinstalación y facilitas la vida al siguiente usuario del garaje.

Puedes hacerlo mediante una venta directa, acordando un precio según la antigüedad y el estado del equipo, o integrarlo en la operación de compraventa o alquiler, reflejando en el contrato que el punto de recarga queda incluido en la propiedad. Nosotros no entramos en la negociación económica, pero sí te asesoramos sobre qué conviene dejar por escrito y en qué momento del proceso es mejor formalizarlo.

Cómo elegir la mejor opción

La decisión depende de tu destino y de tus planes. Si te mudas a una vivienda con garaje propio o comunitario donde quieres seguir cargando tu coche eléctrico, lo normal es llevarte el cargador. Si tu nuevo hogar no tiene plaza de garaje, o si prefieres actualizar a un modelo más potente, lo recomendable es dejarlo instalado y pactar una compensación.

Nuestro papel es guiarte en la planificación del calendario de mudanza para que el traslado del cargador (o el acuerdo de traspaso) se haga sin sobresaltos.

Aspectos legales a tener presentes

No damos asesoramiento jurídico, pero sí te recordamos los puntos que suelen generar dudas:

  • Si eres propietario, puedes desmontar y llevarte el cargador, siempre que dejes la instalación segura.
  • Si eres inquilino, conviene que tu contrato refleje qué ocurre con el punto de recarga al finalizar el alquiler.
  • En garajes comunitarios, cualquier modificación debe notificarse a la comunidad según la Ley de Propiedad Horizontal.

Son detalles que conviene revisar con tu administrador de fincas o con el instalador eléctrico antes de dar el paso.

Nuestra recomendación como expertos en mudanzas

Mudarse no significa perder la inversión en tu punto de recarga. Lo importante es planificar: decidir con tiempo si lo llevas contigo o lo dejas, coordinar al instalador y tener claro cómo encajar todo en el calendario de la mudanza.

Nosotros no tocamos los cables, pero sí nos ocupamos de que tu cargador viaje protegido, de que tu agenda cuadre con la del técnico y de que ningún detalle quede al azar. Así, cuando llegues a tu nueva casa, sabrás que tendrás tu punto de recarga listo o, al menos, bien negociado.

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